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Introducción / Requisitos / Expedición / Documentación / Tipo de licencias / Duplicado / Vigencia / Prórroga |
INTRODUCCION |
Para conducir vehículos especiales agrícolas autopropulsados, ciclomotores y coches de minúsvalido se exigirá estar en posesión de la correspondiente licencia de conducción. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válido y vigente, y deberá exhibirlos ante los Agentes de la Autoridad que lo soliciten. La concesión de las licencias de conducción quedará condicionada a la verificación de que los conductores reúnen los requisitos de aptitud psicofísica y los conocimientos, habilidades, aptitudes y comportamientos exigidos para cada una de ellas. Son expedidas por las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, y son de alguna de las siguientes clases:
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REQUISITOS |
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La edad mínima requerida para obtener licencia de conducción será la siguiente:
Por lo que se refiere al tipo de licencias:
OTROS REQUISITOS
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EXPEDICION |
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La expedición de los permisos de conducción estará supeditada a las condiciones siguientes:
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DOCUMENTACION NECESARIA |
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TIPO DE LICENCIAS |
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Con objeto de garantizar la aptitud de los conductores para manejar los vehículos con el menor riesgo posible, la conducción de vehículos a motor y ciclomotores, exigirá haber obtenido previamente la correspondiente autorización administrativa. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia válido y vigente, y deberá exhibirlos ante los Agentes de la Autoridad que lo soliciten. Los permisos y licencias de conducción son de otorgamiento y contenido reglados y su concesión quedará condicionada a la verificación de que los conductores reúnen los requisitos de aptitud psicofisica y los conocimientos, habilidades, aptitudes y comportamientos exigidos para cada uno de ellos. Son expedidos por las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, y serán de las siguientes clases:
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DUPLICADO |
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VARIACION DE DATOS DUPLICADOS En todo caso los conductores deben notificar su domicilio y sus posibles cambios en la forma habitual para que queden anotados en el registro. Cuando se realice un cambio de domicilio del titular de un antiguo permiso rosa en el que conste dicho domicilio se procederá a su anotación en el registro, pero en ningún caso se expedirá un nuevo permiso debiendo conservar el permiso antiguo con el dato del domicilio anterior que se tendrá por no puesto. Como no se expide nuevo permiso no es necesario aportar fotografía al notificar el cambio de domicilio.En el supuesto de las licencias de conducción se actuará de igual forma. En el caso de duplicados por sustracción o extravío, deberá devolverse el original del mismo, cuando se encuentre, a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo hubiere expedido. REQUISITOS DOCUMENTACION NECESARIA
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VIGENCIA |
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El permiso de conducción de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1,D1+E, D y D+E y la autorización BTP, tendrán un período de vigencia de cinco años mientras su titular no cumpla los cuarenta y cinco años de edad, de tres años si los sobrepasa sin rebasar los sesenta, y de dos años a partir de esta edad. El permiso de las clases restantes y la licencia de conducción, cualquiera que sea su clase, tendrán un período de vigencia de diez años hasta que su titular cumpla los cuarenta y cinco años de edad, de cinco años hasta que cumpla los setenta, y de dos años a partir de esa edad. No obstante, el período normal de vigencia de las diversas clases de permisos y licencias de conducción podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o prórroga de su vigencia, se comprueba que el titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquella, es susceptible de agravarse. El permiso o licencia de conducción cuya vigencia hubiese vencido no autoriza a su titular a conducir. La vigencia de los permisos o licencias de conducción será prorrogable, por las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico, previa solicitud de los interesados y una vez hayan acreditado que conservan las aptitudes psicofísicas exigidas para obtener el permiso o licencia de que se trate. La solicitud de prórroga del permiso o licencia puede presentarse dentro del
período de tres meses anterior a la fecha de la pérdida de vigencia de la
autorización de que se trate. Adelantar la presentación de la solicitud no va a
suponer, en ningún caso, pérdida de días de validez, ya que la prórroga se
empezará a contar desde la fecha en que la autorización que se quiere renovar
pierde vigencia. |
PRORROGA |
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REQUISITOS CONDICIONES DOCUMENTACION NECESARIA
SOLICITUD DE PRORROGA POR CORREO Si los titulares que reciban estos formularios, se personan en la Jefatura Provincial de Tráfico con el permiso o licencia y la documentación correspondiente, se procederá a efectuar la prórroga, sin más trámite, ya que el tercer cuerpo del formulario es la solicitud de prórroga. CASOS ESPECIALES TITULARES QUE SE ENCUENTREN EL EL EXTRANJERO EN LA FECHA DE
VENCIMIENTO DEL PLAZO DE VALIDEZ |